Autocontrol estima una reclamación de Vodafone contra MásMóvil por «publicidad denigratoria»

viernes 27 de marzo del 2020

Actualizado el 30/03/2020 09:03

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La Sección Quinta del Jurado de Autocontrol estimó el pasado 21 de febrero una reclamación de Vodafone frente a una comunicación comercial de la empresa Xfera Móviles (MásMóvil) por considerarla denigratoria.

La reclamación de la operadora británica se dirigía contra dos piezas publicitarias difundidas, una en televisión e Internet (Youtube), y otra únicamente en Internet. Esta campaña corrió a cargo de la agencia Pingüino Torreblanca.

El motivo de la reclamación radica en que se incluían, entre otras, las expresiones: “Aquí pagas por lo que necesitas, no por tonterías” y “Menos tonterías, más ahorro”.

El anuncio consiste en una escena del actor Antonio Resines en el mostrador de una pastelería junto a un cupcake diciendo a cámara: “Si a este cupcake le quitamos la bengalita, el unicornio y tanto brilli-brilli, se convierte en una riquísima magdalena de las de aquí”.

Mientras, se aprecia un primer plano del cupcake y, a medida que Resines va mencionando los ingredientes, se van eliminando estos de la imagen y va reduciéndose su precio. Resines continúa: “Pues Más Móvil es la magdalena de los operadores telefónicos. Aquí pagas por lo que necesitas, no por tonterías”, mientras se muestra en sobreimpresión la oferta promocionada.

Por último, se puede leer: “Másmóvil. Menos tonterías, más ahorro”; y Resines come la magdalena mientras escuchamos su voz en off diciendo: “Másmóvil. Menos tonterías, más ahorro”.

La segunda pieza publicitaria reclamada consiste en un banner difundido en la web de MásMóvil en el que aparece la imagen del actor señalando con el dedo la oferta promocionada y en el que se lee: “Menos tonterías, más ahorro”.

El Jurado consideró que la publicidad reclamada por Vodafone resultaba incompatible con la norma 21 del Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol (publicidad denigratoria), ya que incluía unas expresiones que, «desde la perspectiva de un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, podían ser consideradas denigratorias».

En particular, la Sección entendió que el término “tonterías”, utilizado de manera reiterada en la publicidad para calificar los servicios adicionales que ofrecen otros operadores de telefonía, tenía un carácter peyorativo y trasladaba que esos servicios son inútiles e innecesarios, mensaje que consideró apto para dañar el crédito de estos otros operadores.

Tras esta primera resolución de Autocontrol, Más Móvil interpuso un recurso de alzada ante el mismo organismo, recurso que fue desestimado por la entidad. MásMóvil consideraba que el mensaje que transmiten los anuncios es el de la promoción de una oferta de servicios básica, simple, barata y fácil de entender, que no incorpora servicios accesorios y que por ello «el consumidor ahorra el importe de dichos servicios de valor añadido que no necesita o no quiere».

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