Calidad Pascual -propietaria de Bezoya, entre otras marcas- elevó el pasado mes de marzo una reclamación ante Autocontrol contra una campaña de su rival Solán de Cabras, filial del grupo Mahou San Miguel.
La reclamante se quejó de una campaña emitida en televisión y en Internet, en la que se mencionaban las frases “Solán de Cabras brota con presencia natural de magnesio y muchos más minerales esenciales” y “Tú tienes sed de agua. Y tu cuerpo de minerales”.
Según Calidad Pascual, estos mensajes publicitarios constituyen una declaración nutricional ilícita al no cumplir con las cantidades mínimas suficientes que exige la normativa aplicable a este tipo de declaraciones. En concreto, señala en su escrito que el agua mineral natural promocionada por Solán de Cabras contiene 26,7 mg/l de magnesio, por lo que no podría declarar ser “fuente de magnesio”, según la normativa vigente, que indica que debería tener un mínimo de 50 mg/l.
Calidad Pascual reclama además que el agua promocionada tampoco alcanzaría los contenidos mínimos de otros minerales que permitieran a Solán de Cabras utilizar en su publicidad una declaración que traslade que es “fuente de minerales”.
Y en lo que se refiere al mensaje de “brota con presencia natural de magnesio y muchos más minerales esenciales”, Calidad Pascual considera que induce a error al trasladar que el agua promocionada posee características particulares y exclusivas cuando todas las aguas similares poseen tales elementos.
Respuesta de Solán de Cabras
Solán de Cabras respondió esta denuncia de su rival Calidad Pascual, que comercializa el agua Bezoya. En primer lugar, la compañía mantiene que la frase “Solán de Cabras brota con presencia natural de magnesio y muchos más minerales esenciales” no puede considerarse una declaración nutricional a la luz del Reglamento 1924/2006, ya que en ningún caso sugiere que posea propiedades nutricionales benéficas, sino que simplemente informa de esta circunstancia al consumidor sin que se aluda específicamente a propiedades nutricionales benéficas con motivo de la cantidad de magnesio u otros minerales.
Sostiene asimismo que la publicidad no afirma que el agua promocionada sea una fuente ni de magnesio ni de minerales, ni que se trate de un agua magnésica, sino que se limita a informar de la presencia de los mismos en el agua en el momento en el que brota.
Respecto a la segunda parte de la reclamación de Calidad Pascual, Solán de Cabras sostiene que las aguas minerales naturales no tienen todas las mismas particularidades, sino que cada una es única en su composición.
La frase objeto de la polémica es: “Solán de Cabras brota con presencia natural de magnesio y muchos más minerales esenciales”.
Y sobre la alegación “Tu tienes sed de agua. Y tu cuerpo de minerales”, la empresa anunciante defiende que se trata de una alegación general que no hace referencia de manera particular al agua Solán de Cabras, sus componentes, minerales, etc.
Para resolver esta reclamación, Autocontrol consultó en primer lugar a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Una vez estudiado el asunto, falló a favor de Calidad Pascual puesto que la citada publicidad trasladaba un mensaje de contenido en minerales y particularmente en magnesio, que no cumple con las cantidades mínimas requeridas por la normativa específica para su lícita utilización.
Por ello, Autocontrol insta a Solán de Cabras a cesar la publicidad reclamada. Solán de Cabras recurrió ese fallo pero fue desestimado por Autocontrol. Según ha podido comprobar este medio, el anuncio se mantiene en la cuenta de Instagram, Facebook y YouTube de Solán de Cabras.













