Competencia niega que ‘Salvados’ vulnerara el principio de veracidad en su programa sobre el volcán de La Palma

lunes 11 de agosto del 2025

Actualizado el 12/08/2025 14:34

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En la cuenta atrás para la aprobación de la Ley de Registro de Medios, que obliga a las empresas informativas a inscribir sus datos societarios en una base de datos pública implementada y supervisada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), este organismo regulador se ha pronunciado recientemente sobre un espacio emitido en un medio de comunicación.

Competencia recibió el pasado noviembre la denuncia de una espectadora de La Sexta por el modo en el que el programa Salvados, presentado por el periodista comúnmente conocido como Gonzo, dedicó una entrega al volcán de La Palma tres años después de la tragedia, con la participación de protagonistas y testigos.

Varios colectivos palmeros criticaron el programa al considerar que «blanqueaba» la gestión política y técnica.

La denunciante consideró que aquel programa, titulado Tras el Volcán, vulneraba el principio de veracidad, al no contar con las fuentes informativas suficientes que permitieran ofrecer una visión plural y contrastada al telespectador. La acusación se emitió justo después de que varios colectivos palmeros mostraran públicamente su indignación por este programa al entender que «blanqueaba» la gestión política y técnica

Atresmedia respondió en un escrito al órgano supervisor que «la información presentada está contrastada y el programa muestra su respeto por la opinión de los distintos colectivos de la isla«. Además, el grupo de comunicación resaltó que su actuación está amparada por el derecho a la información y la libertad de expresión.

Tras someterlo a examen, la CNMC ha decidido finalmente archivar la denuncia, argumentando que «las informaciones suministradas por personas identificadas como directamente afectadas por la erupción volcánica, contrastadas por tanto con datos objetivos que parecen respaldarlas, pueden valorarse como verosímiles, siendo el concreto enfoque que pueda darse al reportaje, resultado de la libertad editorial del prestador».

La acusación puede apelar esta resolución ante la Audiencia Nacional, mediante un recurso contencioso-administrativo.

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