La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto una investigación a Ibai, uno de los mayores influencers de España y del mundo.
De momento, poco se conoce sobre el expediente abierto a esta figura pública. El organismo público únicamente ha desvelado que ha incoado un expediente sancionador por supuesta infracción grave. Conlleva multas de hasta 750.000 euros.
Competencia estaría investigando el supuesto incumplimiento por parte de Ibai durante un periodo ininterrumpido de un mes de las obligaciones establecidas en el artículo 94 de la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Este artículo contempla las obligaciones que tienen que cumplir los usuarios de especial relevancia (Ibai lo es), como es la protección a menores, la dignidad humana, los valores constitucionales, no incitar a la violencia, respetar el honor, la intimidad y la propia imagen de las personas…
Ibai es considerado un usuario de especial relevancia que emplea servicios de intercambio de vídeos a través de plataforma. Para acceder a esta categoría se debe primero reunir una serie de requisitos: desarrollar una actividad económica que produzca ingresos significativos (más de 300.000 euros), que sea el responsable editorial de los contenidos, que tenga un impacto significativo en su comunidad (debe tener más de 1 millón de seguidores en una sola plataforma o 2 millones en todas ellas) y que su función fundamental sea la de informar, entretener o educar. Ibai cumple con todos ellos.
El año pasado le ocurrió lo mismo al youtuber Jordi Wild, que también es considerado usuarios de especial relevancia.
Al ser usuario de especial relevancia, Ibai es considerado realmente un prestador del servicio de comunicación audiovisual -como lo son los canales de televisión lineales-, por lo que está sometido a los derechos y obligaciones de la Ley General de Comunicación Audiovisual.
Hace unos meses -en julio del año pasado-, también recibió la apertura de un expediente sancionador el youtuber Jordi Wild. También por el supuesto incumplimiento del artículo 94 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. Actualmente, esta investigación sigue abierta. Como en el caso de Ibai, Competencia tiene hasta un año para resolver ambos expedientes.













