Competencia aclara que RNE sí puede emitir publicidad, pero con limitaciones

miércoles 05 de junio del 2024

Actualizado el 07/06/2024 08:49

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Dos años después de la aprobación de la Ley de Comunicación Audiovisual —Ley 13/2022—, la normativa sigue acumulando dudas interpretativas entre sus partes afectadas. Una de estas es Radiotelevisión Española (RTVE), que se ha visto obligada a modificar su ley de financiación —Ley 8/2009— a raíz de esta regulación, con sustanciales cambios en sus vías de ingresos.

La corporación pública consultó el pasado mes de octubre a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) si con la modificación del modelo de financiación, las emisoras de Radio Nacional de España podían emitir publicidad y, de ser así, cuáles serían sus limitaciones.

El órgano supervisor ha aclarado en una reciente resolución que la radio pública sí puede emitir determinadas comunicaciones comerciales, del mismo modo que se le permite a otros canales audiovisuales de la corporación, de acuerdo con el art. 7 de la ley de financiación.

La Ley de Comunicación Audiovisual sigue despertando dudas interpretativas dos años después de su aprobación.

La regla general de este percepto —el que ha despertado las dudas— señala que RTVE «no puede obtener ingresos que procedan de actividades de publicidad o que deriven de la prestación del servicio de comunicación audiovisual de acceso condicional», aunque con restricciones.

Estas excepciones son los patrocinios vinculados a programas y retransmisiones deportivas y culturales, los emplazamientos de producto, espacios de promoción de la cultura europea y espacios de televenta. También están permitidas las comunicaciones comerciales procedentes de la explotación del servicio a nivel internacional y en el ámbito digital.

La CNMC también recuerda que hay cuatro acciones publicitarias de las que RTVE no puede obtener ingresos. Se trata de la publicidad institucional, la propaganda electoral, las campañas sociales y benéficas de organizaciones sin ánimo de lucro, así como las orientadas a promover el deporte olímpico y paralímpico español.

Particularidades RNE

La Ley Audiovisual contempla tres particularidades para RNE. Por un lado, no se les aplicará la limitación horaria a la que sí quedan sometidos otros operadores audiovisuales; además, pueden patrocinar toda la programación, excepto los informativos —programas y boletines—; y, por último, pueden realizar emplazamiento de producto en toda su parrilla menos en informativos, espacios relacionados con la protección del consumidor, religiosos e infantiles.

Cualquier contenido comercial que emita la radio pública, puntualiza Competencia, deben diferenciarse «claramente» del contenido editorial, y el volumen no puede ser superior al del nivel medio del programa que le precede.

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