Juan Reynolds.

Condenan a Thinking Heads por el despido de su ex director general

jueves 05 de mayo del 2022

Actualizado el 06/05/2022 08:29

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La salida de Juan Reynolds como director general de Thinking Heads no fue pacífica. Aunque en un principio se contó que el abandono de Reynolds fue de mutuo acuerdo, lo cierto es que el proceso se ha judicializado.

El directivo estuvo vinculado a Thinking Heads entre los años 2016 y 2019. Tras su salida, fue sustituido por Enrique Johnson, que se incorporó a la consultora de comunicación en 2020.

La contratación de Juan Reynolds se produjo en 2016 para ocupar la función de director general y para asesorar en el proceso de implantación de un Plan Estratégico para Thinking Heads. El contrato tendría una duración inicial de un año, aunque prorrogable, con una remuneración de 78.000 euros anuales. En su cargo, Reynolds dependía directamente de Daniel Romero-Abreu, presidente de Thinking Heads.

En marzo de 2019, Romero-Abreu le comunicó a Reynolds mediante un correo electrónico que daba por finalizado su contrato con efectos a 30 de abril. Lo motivos aducidos por la compañía para tomar esta decisión es que no se habían conseguido los resultados previstos y que tampoco se había producido un asesoramiento y seguimiento del proceso de implantación del Plan Estratégico, entre otros factores.

Despido improcedente

Ante esta decisión, Juan Reynolds inició un proceso de conciliación, al que no se presentaron los representantes de Thinking Heads. Tras ello, el directivo decidió denunciar a su ex empresa. Sostenía que su despido fue improcedente. El Juzgado de los Social le dio la razón y condenó a Thinking Heads a readmitir a Juan Reynolds en su puesto de trabajo con las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien a indemnizarle con casi 20.000 euros.

Para el juez, ha quedado probado que Juan Reynolds tenía una relación laboral con Thinking Heads, pues -entre otros motivos- su contrato tenía una cláusula de no competencia, prestaba sus servicios en la sede de la compañía, el departamento de administración realizaba un control de sus horas trabajadas, tenía un sueldo fijo mensual o contaba con tarjetas de visita.

Opinión contraria es la que expresa la compañía. Fuentes oficiales de Thinking Heads consultadas por este medio sostienen que «Joao Reynolds, ciudadano portugués, nunca fue ni ejerció como director general de Thinking Heads Group». Mantienen que la compañía «contó durante un corto periodo de tiempo con su colaboración comercial a través de una sociedad portuguesa. Dicho contrato mercantil fue rescindido por los bajos resultados y rendimientos comerciales obtenidos«.

Frente a esta decisión judicial, Thinking Heads anunció un recurso de suplicación, que ha sido desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Tras este fallo, la consultora ha interpuesto un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, con lo que el asunto sigue su curso judicial.

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